Primero. Beneficiarios
Entidades Locales menores de 20.000 habitantes de la provincia de Almería.
Segundo. Finalidad
Los proyectos a subvencionar mediante esta convocatoria tienen como finalidad consolidar la implantación de políticas públicas en el sector de los cuidados, favorecer la corresponsabilidad y conciliación en las familias con menores de hasta 16 años de edad, mediante el desarrollo de actuaciones para avanzar en la consecución de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres y apoyar prioritariamente a las madres que precisen recursos en el cuidado de sus hijos e hijas, facilitando la incorporación y /o continuidad en el mercado laboral de las mujeres.
Los objetivos generales de las actuaciones son:
- Favorecer la conciliación de las familias con niñas, niños y jóvenes de hasta dieciséis años de edad, desde un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres.
- Crear empleo de calidad en el sector de los cuidados.Tercero. Bases Reguladoras
Publicación del extracto en el B.O.P. de Almería, y el texto íntegro en el Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial de Almería (www.dipalme.org).
Cuarto. Cuantía
Cuantía global: Quinientos cincuenta y cuatro mil veinte euros (554.020€).
Quinto. Plazos
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el B.O.P. de Almería. Los proyectos subvencionados deberán realizarse durante el periodo comprendido desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.
Sólo se podrán solicitar modificaciones del proyecto subvencionado, hasta el día 15/09/24.
Sexto. Abono de la asistencia económica.
El abono de la subvención se realizará de acuerdo con alguna de las siguientes modalidades:
a) Tras la aprobación del acuerdo de concesión (pago anticipado previo a la justificación), para aquellas entidades locales que tengan delegadas en la Diputación de Almería las competencias en materia de gestión, recaudación e inspección tributaria y acepten la compensación de oficio, en el supuesto de que se acuerde el reintegro por las causas previstas legalmente. Se precisa que tanto la petición de pago anticipado, como la aceptación de la compensación de oficio, se efectuen por el interesado en la correspondiente solicitud de asistencia económica.
b) Previa presentación de la justificación, para aquellas entidades locales que no tengan delegadas en la Diputación las competencias citadas en el apartado anterior.
La convocatoria será tramitada electrónicamente a través de la web www.dipalme.org. Intranet de adheridos/ Firma electrónica/ Oficina virtual funcionario/ Nuevo expediente/ Actividades de Fomento/ TF Proyectos de conciliación y corresponsabilidad.
Formularios: Adjuntos en el anuncio y en https://www.dipalme.org/Servicios/cmsdipro/index.nsf/anexos_view_entidad_clasificador.xsp?p=dipalme&ref=Impresos+y+formularios (Subvenciones)
Consulta proyectos: 950 950 211731
Consultas administrativas: 950 211773 / 950 211768 sjuridicoig@dipalme.org
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